Amparos de salud

La salud no puede esperar. Los amparos de salud son recursos judiciales, de acción inmediata y eficaz, que apuntan a proteger los derechos que tu empresa de medicina privada u obra social intenten vulnerar.
Estas acciones, muy útiles en situaciones de gravedad y urgencia, tienen respuesta y encuentran soluciones en plazos cortos. Están dirigidas principalmente contra aquellos casos de falta de cobertura, prestaciones o reintegro de gastos.
Si tenés problemas con tu prepaga u obra social podemos ayudarte con:

Afiliación, Desafiliación

Tratamientos médicos, Medicamentos, Geriátricos

Obesidad y/o discapacidad

Fertilización asistida
Preguntas frecuentas acerca de Amparos de salud
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¿Tu obra social/prepaga se niega a cubrir el costo del geriátrico?
Las obras sociales tienen la obligación de cubrir el costo (o reintegrarte el gasto) de los hogares para ancianos, y nuestros mayores a elegir el lugar donde deseen estar.
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¿Necesitas realizarte una fertilización asistida / reproducción asistida / ovodonación y tu empresa de medicina prepaga u obra social se niega a darte cobertura?
Las Entidades de salud están obligadas a darte cobertura y tratamiento médico de acuerdo a lo que te sea indicado, y en función a tu situación (fertilización asistida, reproducción asistida, ovodonación, tratamientos de baja y alta complejidad, etc.).
Evitá que las maniobras de estas empresas obstaculicen tu sano y exitoso embarazo. Contactanos, podemos ayudarte.
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¿Necesitás hacerte una cirugía bariátrica (bypass grastico) o una cirugía reparadora y tu empresa de medicina prepaga u obra social se niega a darte cobertura?
Podemos ayudarte. Tanto el bypass gástrico como la posterior cirugía reparadora, son prestaciones cuyos costos y tratamientos deben ser cubiertas y en su totalidad por parte de tu prepaga u obra social, puesto que en ambos casos, es la salud del paciente la que se encuentra en juego, y por lo tanto, ello no puede esperar.
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¿Tu empresa de medicina prepaga u obra social se niega a cubrir los tratamientos y medicamentos que te fueron indicados?
Existen prestaciones básicas y obligatorias (tratamientos médicos y cobertura de gastos de medicamentos) para todas las prepagas y obras sociales, a las cuales siempre tendrás derecho a acceder a partir de lo que te haya sido ordenado por tu médico.
Respecto a los medicamentos, deberán cubrirte según la necesidad y enfermedad que presente el paciente:
40% medicamentos en general
70% medicamentos de uso crónico
100% medicamentos oncológicos, para la diabetes, para el HIV, y enfermedades graves). -
¿Sos discapacitado y tu empresa de medicina prepaga u obra social no te cubre lo que por ley te corresponde?
Si sufrís de algún tipo de discapacidad (declarado así a través del Certificado Unico de Discapacidad) tu prepaga u obra social está obligada a darte cobertura, tanto a vos como a tus familiares: asistencia física, psíquica y social, rehabilitación, apoyo psicológico y económico para el familiar, atención domiciliaria, adecuación de vivienda según la necesidad del paciente, provisión de prótesis, centro de día, etc.
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¿No te permiten afiliarte a une empresa de medicina u obra social por tener una enfermedad prexistente? ¿te quieren desafiliar?
Tu obra social o empresa de medicina está obligada a afiliarte así lo pedís, en tanto les está prohibido negártelo para el caso que cuentes con una enfermedad preexistente. En ese caso, estarás obligado a una cuota especial, pero jamás a que no te acepten como socio de ellas.
Las mujeres embarazadas no son personas con “enfermedades preexistentes”, ni deberán abonar una cuota diferencia por esa condición.
El cambio de la ley, permite hoy la cobertura del concubino (acreditado) y de los hijos de este, garantizándoseles los mismos derechos que a su titular.