Accidentes de trabajo

¿Tuviste un accidente de trabajo o sufriste una enfermedad laboral?

Tu empleador está obligado a contratar una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) que te otorgue cobertura ante cualquier enfermedad que sea consecuencia de tu tarea o cualquier lesión que sufras dentro del ámbito laboral o en el camino, sea de ida o de vuelta.

La ART debe brindarte asistencia médica desde el primer momento e indemnizarte en caso de que el accidente o la enfermedad dejen alguna secuela.

A través de tu consulta, un equipo de abogados especializados te asistirá y brindará toda la información necesaria.

Preguntas frecuentes

¿Tenés que esperar el alta médica para asesorarte?

No, es recomendable que busques asesoramiento lo antes posible. Podemos ocuparnos de que la ART cumpla con tu tratamiento y te indemnice en caso de que corresponda.

¿Cuáles son las obligaciones de la ART?

Hacerse cargo del 100% de tu tratamiento y rehabilitación (esto incluye traslados, en caso que los requieras, y medicamentos).

Abonar todos tus sueldos mientras dure la licencia.

Si el accidente o la enfermedad te provocó una secuela incapacitante, está obligada a abonar una indemnización al momento del alta médica.

¿Qué es un accidente “in itinere”?

Se dice que es “in itinere” cuando el accidente ocurre yendo o regresando del trabajo. La ART está obligada a cubrirlo de igual manera que si el accidente hubiese ocurrido mientras te encontrabas trabajando.

¿Quién se hace cargo del pago de tu sueldo mientras dure la licencia?

Tu empleador va a seguir pagando tu sueldo y la ART se lo va a reintegrar.

Si estás de licencia por ART y no estás recibiendo el pago de tu salario, comunicate con nosotros para que podamos asesorarte e intimar formalmente a quien corresponda.

¿Quién se hace cargo del pago de tu sueldo mientras dure la licencia?

Tu empleador va a seguir pagando tu sueldo y la ART se lo va a reintegrar.

Si estás de licencia por ART y no estás recibiendo el pago de tu salario, comunicate con nosotros para que podamos asesorarte e intimar formalmente a quien corresponda.

¿Te dieron el alta y todavía no estás bien?

Es muy común. Comunicate con nosotros para que podamos solicitar un reingreso.

¿Qué ocurre con tu empleador?

Siempre que te tenga debidamente registrado es ajeno al reclamo. La ART es la única obligada.

¿El trabajador falleció en el accidente?

Los familiares directos tienen derecho a cobrar una indemnización, tanto de la ART como del empleador.

¿De cuánto debería ser tu indemnización?

Depende de varios factores: de tu sueldo, tu edad y sobre todo del porcentaje de incapacidad que tu lesión te haya generado después del accidente. Trabajamos con un equipo médico que se encarga de determinar tu grado de incapacidad. Posiblemente tu ART te dé el alta diciendo que no te corresponde indemnización o te ofrezcan un monto que no sea el correcto. No te dejes engañar, contactate con nosotros antes de aceptar cualquier propuesta para que podamos asesorarte.

¿Estabas trabajando en negro al momento del accidente?

En este caso el reclamo sí debería dirigirse contra tu empleador. Comunicate con nosotros lo antes posible. No dejes pasar el tiempo.

¿Cuánto tiempo tenés para hacer el reclamo?

2 años desde la fecha del alta o desde el fallecimiento del trabajador.